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La revocatoria del alcalde

27 junio, 2017 By Hector Alonso Moreno

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La constitución de 1991 es bastante rica en figuras concernientes a la garantía de los derechos fundamentales de la persona humana, y en particular; en los derechos políticos consagrados en los artículos 40 y 103 que son de una claridad meridiana como fundamento esencial del régimen democrático.

Igualmente, se consagro como parte de los derechos políticos una figura constitucional de democracia participativa para la revocatoria del mandato de alcaldes y gobernadores como garantía del derecho ciudadano al voto programático, que implica que “quienes elijan gobernadores y alcaldes imponen por mandato al elegido el programa que presentó al inscribirse como candidato” (art. 259),  es decir, que el constituyente del 1991 se preocupó por proteger el cumplimiento de los programas de gobierno que son los que determinan el contenido del mandato ciudadano impuesto en las elecciones.

De allí, que la revocatoria del mandato del alcalde y gobernador, en teoría; es un ejercicio pleno de la democracia participativa y deliberante como un complemento democrático que acude en auxilio del soberano local o regional cuando este ha visto vulnerado su voto programático por el funcionario electo, llámese alcalde o gobernador.

Lo que se persigue es pues la revocatoria del mandato,  y no de la persona que ostenta el cargo,  ni del partido o movimiento ciudadano que avalo esa candidatura. Siendo así, lo que genera entonces esta figura es, en la práctica, un proceso de “inestabilidad” institucional por unos días mientras se surten nuevas elecciones, en las cuales; la experiencia colombiana ha demostrado que los partidos o movimientos ciudadanos que avalaron esa candidatura, y que permanecen impolutos, vuelven a postular a otra persona para que continúe con los mismos criterios programáticos del mandato revocado.

Es, en últimas, una figura deformada políticamente, llena de intríngulis jurídicos, parágrafos e incisos, que en Colombia utilizan más los enemigos que los adversarios políticos. Los enemigos políticos, contabilistas de votos y huérfanos de burocracia, utilizan más esta figura para políticamente chantajear en ocasiones al mandatario de turno; y para expresar más sus frustraciones y odios políticos; mientras los adversarios políticos debaten, organizan y movilizan a la ciudadanía para exigir el cumplimiento de las promesas incumplidas y postulan candidatos como alternativa reales de poder para unas próximas contiendas electorales a partir de una oposición constructiva. Esta es una de las conclusiones de la Misión de Observación Electoral, que luego de revisar los 166 procesos de revocatorias iniciados en Colombia, alerta porque este mecanismo se convirtió en una “catapulta para otros políticos”. “Si quiero tumbar a mi opositor, quiero hacerme contar, quiero reemplazar al alcalde,  comienzo por liderar un grupo de revocatoria. Hay una mala utilización del mecanismo y el nivel de descrédito agrava la situación porque afecta la participación ciudadana”.

Según un informe de la registraduria, se han recibido 107 solicitudes de revocatoria del mandato en todo el país. Hecha la estimación de los costos de las revocatorias de mandato, le costaría a la organización electoral 98.388 millones 447 mil 25 pesos. Es necesario destacar, afirma la entidad, que en la hipótesis que fueran revocados los mandatarios, cuyo procesos de revocatoria están en curso, adicionalmente la organización electoral requeriría 100 millones de pesos más, Hay que advertir, que dentro de estas solicitudes no están estipulados los costos para un eventual proceso de revocatoria y nueva elección del alcalde de Bogotá y de Cali;  pues ello solo costaría el valor total de las 107 revocatorias solicitadas al día de hoy.

Desafortunadamente la revocatoria del mandato se ha convertido en Colombia, como lo afirma José Fernando Flórez Ruiz, Director Jurídico de la Fundación Azul Bogotá más “en un mecanismo de revancha electoral que resulta idóneo para forzar la repetición de las elecciones y, por lo tanto, volverlo una patente de corso para burlar las preferencias ciudadanas que triunfaron en las elecciones. En otras palabras, significa convertir la revocatoria en un factor de inestabilidad democrática que puede conducir a la perpetuación electoral, y no a la sanción política del mandatario de turno.

En Colombia de los procesos documentados de revocatorias del mandato desde su implementación constitucional, 165 fueron para alcaldes y uno para gobernador. Solo 50 llegaron a las urnas sin prosperar,  y 116 no han superado la etapa de recolección de firmas.

Más eficaz  ha sido la acción de la justicia y la Procuraduría quienes han destituido alcaldes y gobernadores  como producto de sentencias  y autos de los organismos de control. Según la Mesa de Observación Electoral (MOE), al momento de las elecciones de octubre de 2015, la Fiscalía había capturado a más de 50 candidatos con pruebas en su contra por haber cometido delitos electorales. Según el exvicefiscal Jorge Perdomo, en la semana anterior a las elecciones la Fiscalía tenía abiertas 103.000 investigaciones contra candidatos inscritos.

De acuerdo con esta misma entidad, a finales de enero de 2016 había 1.259 investigaciones abiertas contra 1.015 funcionarios de elección popular que se acaban de posesionar, lo que representa casi el 6 por ciento de los 17.701 electos en octubre. De estos 1.015 funcionarios, 8 son gobernadores, 39 diputados, 154 alcaldes, 159 ediles y más de 600 son concejales. Se les acusa por delitos que van desde irregularidades administrativas y contractuales hasta lesiones personales. El uso indebido de bienes y el mal manejo de regalías y recursos públicos son los dos más frecuentes.

Un informe reciente de la Procuraduría sobre sanciones disciplinarias expedidas por esta entidad entre el 1 de enero de 2009 y el 30 de mayo de 2016 reportó que Santander, Cundinamarca y Boyacá tienen el mayor número de sanciones contra alcaldes, cada uno con 194, 178 y 156, respectivamente.

De tal manera,  que a los ciudadanos que no les gusta ni les satisface la actual administración de sus municipios, los invito mejor a que se constituyan no como organismo promotor de la desgastada figura de la revocatoria del mandato de los alcaldes, sino como verdaderas alternativas políticas de poder real en sus municipios y departamentos para las próximas elecciones de alcaldes y gobernadores; y así revocar en las urnas la posibilidad del continuismo político de esas nefastas administraciones locales.

Hector Alonso Moreno Parra: Profesor Universidad del Valle.

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